
el proyecto de Ley de Autoprotección y Facultades Preventivas Es de autoría del senador riojano ricardo guerra Y busca otorgar a las personas la posibilidad de tomar decisiones anticipadas sobre su salud y su patrimonio ante una posible disminución o pérdida de capacidad, tanto transitoria como permanente.
La iniciativa también incluye facultades preventivas, donde la persona, si quedara en estado de vulnerabilidad, puede designar a otra persona de confianza para que actúe en su nombre y cumpla con las decisiones fundamentales de su vida. Cada decisión se registrará ante un notario público.
El proyecto fue presentado oficialmente en el Congreso Nacional el 4 de mayo y está en tratamiento de comité en el Senado. Sus impulsores esperan pronto un dictamen favorable de la comisión de Legislación General para pasar luego al debate en el recinto.

Para el senador Guerra, la propuesta “sin duda contribuye al bien común y, sobre todo, al respeto de los derechos humanos de toda la sociedad”.
“Recoge una necesidad creciente de la sociedad y, a su vez, respeta la voluntad del ciudadano en los momentos de mayor vulnerabilidad, sobre la base de los principios de libertad, igualdad y dignidad inherentes a la persona humana”, añadió el notario. Guillermo LonghiVicepresidente del Consejo Federal del Notariado Argentino.

Por su parte, el presidente del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge de Bartolo, señaló que “cuando alguien queda incapacitado, hay situaciones patrimoniales como cuotas fijas por cobrar, mantenimiento de bienes, pensión alimenticia, lo que deja todo en el limbo. El proyecto prevé que se puede dejar un mandato. En este caso, no es lo mismo que un poder notarial, que pierde sus efectos cuando la persona muere o queda incapacitada. Son mandatos especiales para situaciones de incapacidad”.
Estas directivas se conocen legalmente como actos de autoprotección. Son trámites que, subrayan los autores, evitarán la dilación, la burocratización y la judicialización de decisiones trascendentes sobre la vida, especialmente cuando no hay acuerdo entre familiares, médicos o allegados. Además de las cuestiones relativas a la salud y los bienes, el otorgante podrá establecer otros testamentos que comenzarán a regir a partir de la pérdida de su autonomía, por ejemplo, el del lugar de residencia.
La iniciativa obtuvo apoyo institucional tras su presentación en el Congreso. Entre otros, expresaron su apoyo la Cruz Roja Argentina, la AMIA, la Comunidad Musulmana Ahmadia de Argentina, la Academia Pontificia para la Vida, la Asociación Civil Comunidad Apostólica Ciudad Belén, la Federación Internacional Soka Gakkai y la Federación Argentina de Colectividades.

Fundación Enfermos de Cáncer de Pulmón, Asociación Argentina ELA, Asociación Civil de Enfermos del Corazón, Centro de Endocrinología, Salud, Alimentación y Nutrición, Fundación Síndrome Metabólico Argentino, Círculo de Legisladores de la Nación, Fundación Democracia, Confederación General de Profesionales de la República Argentina, el Instituto Argentino de la Empresa Familiar, el Instituto Autónomo de Derecho Contable, el Instituto Argentino de la Antigüedad Activa y el Colegio Único de Corredores de Bienes Raíces de la Ciudad de Buenos Aires.
SIGUE LEYENDO: